Como se ve, el Código de Comercio distingue entre dos tipos de comerciantes, los individuales y los colectivos y establece para la atribución de tal carácter criterios diversos; así en cuanto a los comerciantes individuales, se basa en un criterio material, como lo es el hacer del comercio su ocupación ordinaria; en cuanto a las sociedades Para ingresar a la Bolsa de trabajo acude al área de recursos humanos de la oficina del SAT de la localidad más cercana y con gusto te atenderemos. Consulta el directorio. Trabaja en el SAT. Si eres un candidato(a) que desee participar en el proceso de selección del Programa Formativo en Materia de Comercio Exterior, ingresa al minisitio El comerciante se sirve, para el ejercicio de sus actividades, de otras personas e instituciones que pueden tener facultades amplias o restringidas. Las cámaras de comercio, por ejemplo, son establecimientos constituidos por comerciantes, jefes de establecimientos industriales, capitanes de buque y corredores.